Fallo: “Haciendo lugar a la demanda entablada por Ana
María Clementoni contra “Consorcio de Propietarios José Mármol 755” de
esta ciudad, con costas (art. 68 CPCCN). 2. Condenando al demandado a
realizar en el hall de entrada del edificio de la calle José Mármol n.
755, de esta ciudad, obras o instalaciones que permitan la accesibilidad
física de la actora en los términos de la normativa referida en los
considerandos dentro de los sesenta días de notificada la presente; bajo
apercibimiento de astreintes de $ 500 (quinientos pesos), por cada día
de demora”.