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Accesibilidad en espacios públicos

Publicado el 03/03/2019

La falta de rampa en las esquinas y el mal estado de las veredas son uno de los tantos obstáculos a los que se deben enfrentar a diario las personas con movilidad reducida y/o usuarias de silla de ruedas. Por ese motivo, recibimos denuncias y diligenciamos estos reclamos, la normativa vigente es la ley N° 5.902.


Datos a tener en cuenta para denuncias por veredas en mal estado:

  • Es obligación de cada frentista construir, reparar y mantener la vereda, así como ejecutar el rebaje del cordón para acceso vehicular (Ley 5.902).
  • Si los daños en la vereda han sido producidos por el trabajo de una empresa de servicios, el Gobierno de la Ciudad intimará al responsable para que realice la reparación (Leyes 5.901 y 5.902).
  • La reparación de veredas corresponde al Gobierno de la Ciudad sólo si la rotura fue ocasionada por obras públicas o las raíces de un árbol.