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UNA RESOLUCIÓN QUE NOS IMPULSA A SEGUIR TRABAJANDO PARA LOGRAR ACCESIBILIDAD EN SUBTES.

Nos parece fundamental que toda la red de subterráneos de la ciudad de Buenos Aires cuente con accesibilidad edilicia porque solo así conseguiremos que ninguna persona con movilidad reducida se vea impedida de gozar del derecho a elegir, libremente, el medio de transporte público que desee utilizar para trasladarse, de acuerdo a sus necesidades”, explica María Josefina Macías, coordinadora de Acceso Ya, acerca del proceso judicial –al que la ONG se incorporó, en 2017, en carácter de co-autor- contra Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE), Metrovías S.A., el Ente Único Regulador de los Servicios Públicos (EURSP) y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) por la falta de accesibilidad en el 67% de las estaciones que componen la red de subtes de la Ciudad.


Lograr que todas las estaciones de subtes cuenten con las condiciones de accesibilidad necesarias para el uso de personas con movilidad reducida, tal como lo establece la Ley Nacional de Accesibilidad- Ley 24.314- vigente, es uno de los ejes de acción de Acceso Ya. Por eso, trabaja sin descanso para conseguir que toda la red de subterráneos de la ciudad de Buenos Aires sea accesible.


La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la ciudad de Buenos Aires, en agosto 2018, dictó una medida cautelar por la que cualquier persona puede conocer el estado de funcionamiento de los ascensores y escaleras mecánicas antes de salir de su casa, y ordenó a Metrovías S.A. Y SBASE S.E. a presentar un plan de contingencia para que una persona con movilidad reducida pueda acceder al servicio de transporte subterráneo en un corto plazo, sin tener que esperar a que finalice la realización de las obras definitivas. No obstante, las denuncias de incumplimiento de la medida cautelar formuladas por Acceso Ya, en tres oportunidades, llevaron al juez Roberto Gallardo a resolver:


- Declarar incumplida la medida cautelar impuesta por la Cámara de Apelaciones.

- Imponer a Metrovías S.A. una sanción conminatoria por la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000), equivalentes a una sanción unitaria de cien mil pesos ($ 100.000) por cada medio de accesibilidad de funcionamiento irregular o nulo, y una nueva sanción de igual monto por cada uno de los mecanismos de accesibilidad cuyas irregularidades persistiesen en el término de quince (15) días. “Como persona con movilidad reducida considero que la resolución impuesta por el juez Gallardo a la empresa Metrovías S.A. representa un gran avance en la causa porque, además de la seguridad y la autonomía en el ingreso, busca garantizarles a los usuarios la posibilidad de acceder a la celeridad de traslado que ofrece el subte”, expresa Analía Barone, usuaria de silla de ruedas, para quien el servicio de transporte subterráneo, hoy, lamentablemente, no es una opción de traslado.